domingo, 25 de diciembre de 2016

Modificación PGC y PGC PYMES. RD 602/2016, 2 de diciembre.

Con el objeto de simplificar las obligaciones contables de las pequeñas empresas, el RD 602/2016, efectúa una serie de cambios en nuestra normativa contable

La principal medida, ha sido incrementar el ámbito de aplicación para aquellas empresas que pueden estar aplicando el PGC PYMES: en consonancia con los límites establecidos para los modelos abreviados del PGC, modificados éstos de forma previa a través de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre.
Así, nos encontramos que podrán utilizar el PGC PYMES, las entidades que durante dos ejercicios consecutivos, reúnan:


Total partidas activo
Importe neto cifra anual negocios
Número medio trabajadores

PGC PYMES

No supere
4.000.000 €
No supere
8.000.000 €
No sea superior
50

Otra novedad, radica en qué modelos de cuentas anuales deben estar presentando las empresas. Así, tanto en el PGC PYMES, como aquellas entidades que puedan estar presentando los modelos abreviados del PGC, la obligatoriedad queda reducida al Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria. Suprimiéndose este carácter para el Estado de Cambios del Patrimonio Neto (ECPN), que pasará, al igual que el Estado de Flujos de Efectivo (EFE), a ser voluntario.
La nueva normativa, reduce, también, de forma considerable, la información que la empresa debe estar presentando en las Memorias de las pequeñas empresas.

Ya en el ámbito del PGC, y siguiendo las modificaciones que había introducido la Ley 22/2015, de 20 de julio de Auditoría de Cuentas, se recoge la amortización de los intangibles que antes no tenían vida útil definida: estableciendo un plazo de 10 años y recuperación lineal, caso de no especificarse una vida útil en otra norma. Éste será el tiempo que se añadió en la Norma 6ªc) de Valoración, sobre el Fondo de Comercio. Se mantiene, sin embargo, lo establecido para estos intangibles lo regulado en su deterioro de valor.

Todos estos cambios, deberán aplicarse en los ejercicios que se inicien a partir del 1/1/2016.

Para una mayor información, a continuación, encontraréis un enlace a la nueva normativa: